La Primera Sala de la SCJN rechaza amparar a un hombre que buscaba pensión y compensación económica de su concubina por labores domésticas. Argumentó que el Código Civil de Guanajuato lo discrimina al considerarlo solo como proveedor económico. La propuesta de negar el amparo fue aprobada por unanimidad.
La ministra Ríos Farjay explicó que el código no es inconstitucional, ya que reconoce el derecho a solicitar compensación a cualquier cónyuge o concubino, sin distinción de género. El proyecto destaca la importancia de la distribución equitativa de las responsabilidades del hogar en las dinámicas familiares actuales.

El hombre, que no demostró falta de recursos económicos ni que el cuidado del hogar fuera su principal ocupación, no obtuvo la pensión. A pesar de contar con apoyo de trabajadoras del hogar, impugnó las resoluciones hasta llegar a la SCJN, que hoy puso fin al caso.

