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IEQROO impone sanción a partido político por irregularidades en propaganda electoral y declara inexistentes afiliaciones indebidas

En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobó por mayoría el procedimiento ordinario sancionador IEQROO/POS/035/2024, en cumplimiento a una sentencia del Tribunal Electoral del estado (RAP/007/2025). El procedimiento está relacionado con la coalición parcial “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, conformada por el partido Morena, por conductas indebidas en propaganda electoral.

Entre los hallazgos se identificaron siete pintas de bardas realizadas durante el periodo de intercampaña local, así como publicaciones de publicidad pagada en redes sociales como Facebook e Instagram.

Por estos hechos, se impuso al partido Morena una sanción económica equivalente al 0.1% de su financiamiento público correspondiente al ejercicio fiscal 2024, lo que representa $7,961.95 pesos. Además, el partido será inscrito en el Catálogo de Sujetos Sancionados Localmente del IEQROO por un periodo de cuatro años.

Respecto a la difusión de propaganda en redes sociales atribuida al mismo partido, el Consejo General determinó que no se acreditaron elementos suficientes, por lo que declaró su inexistencia.

En la misma resolución se determinó excluir del procedimiento sancionador a los partidos del Trabajo y Verde Ecologista de México, debido a que en la sentencia revocada se concluyó que no incurrieron en las conductas atribuidas.

En otro punto de la sesión, el IEQROO resolvió el expediente IEQROO/POS/001/2025, relacionado con denuncias de afiliaciones indebidas presentadas por las ciudadanas Patricia Sánchez Esparza y Wendy Yazumi Castañeda Chan contra el partido político local Movimiento Laborista Quintana Roo.

Tras el análisis del caso, las consejerías electorales determinaron que no se acreditó ninguna irregularidad por parte del partido denunciado, ya que ambas ciudadanas aparecen como afiliadas válidas en el sistema de verificación del Instituto Nacional Electoral (INE). Una de ellas se afilió mediante participación en una asamblea y la otra a través de la aplicación móvil del INE.

El IEQROO subrayó que el análisis se llevó a cabo bajo los principios de congruencia, idoneidad, eficacia y exhaustividad, y que se consideraron los elementos presentados por el partido y los registros oficiales del padrón de afiliados del INE.

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