La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha denegado un amparo a la empresa «Desde el Corazón del Fruto», que maneja marcas como Sangría Señorial, Chaparritas, PEP y Barrilitos, en contra del nuevo etiquetado frontal. Esta decisión protege el derecho de la población a tomar decisiones informadas sobre productos ultra procesados, responsables de más del 70% de muertes en adultos, según informó la Secretaría de Salud.
La SCJN rechazó los amparos de dos empresas inconformes con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas, determinando que la normativa no viola principios de igualdad y no discriminación. Además, reconocieron que estas medidas no favorecen a otros sectores en perjuicio de las empresas afectadas. Sin embargo, aún está pendiente un recurso interpuesto por otra empresa ante este tribunal, según comunicado de la Secretaría de Salud.

El etiquetado frontal de advertencia, reconocido por la SCJN, cumple un fin constitucionalmente válido al garantizar el derecho a la información y la protección de la salud. Este etiquetado señala cuando un producto excede límites de calorías, azúcares, grasas saturadas, sodio y grasas trans, así como la presencia de edulcorantes y cafeína.
Expertos de la Secretaría de Salud destacan la importancia de utilizar las Guías Alimentarias y Sostenibles para la Población Mexicana, que ofrecen recomendaciones sobre qué alimentos consumir diariamente, la cantidad de agua recomendada, productos a evitar (como los señalados por los sellos frontales), y el tipo de actividad física necesaria para mantener la salud.

