Cancún, QRoo. – La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra una ley estatal que exige antecedentes penales a los operadores de plataformas de transporte en Quintana Roo. La CNDH argumenta que esta ley es discriminatoria y viola los derechos fundamentales.
El artículo 151 fracción IX de la Ley de Movilidad de Quintana Roo, decretada el pasado 28 de abril, establece la obligación de los operadores de plataformas digitales de transporte de acreditar que no tienen antecedentes penales para poder operar en el estado.
La CNDH ha presentado una demanda de invalidez ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), solicitando la anulación de dicho artículo. Según la CNDH, esta exigencia vulnera los derechos de igualdad y no discriminación, así como la libertad de trabajo, al crear un amplio margen de exclusión injustificada para ciertas personas en el desempeño de esta actividad laboral.

La CNDH considera que esta disposición es desproporcionada y sobreinclusiva, ya que excluye de manera injustificada a un sector de la población de la posibilidad de trabajar como conductoras de servicios de transporte de pasajeros. Esto va en contra del derecho a la igualdad, no discriminación y libertad de trabajo.
Cabe mencionar que recientemente la plataforma Uber Eats obtuvo una suspensión provisional en contra de algunos puntos de la Ley de Movilidad de Quintana Roo, mediante un amparo. Este fallo impide que la empresa se vea obligada a cumplir con el régimen de autorizaciones, permisos y contribuciones monetarias impuestas por la ley.
Es importante destacar que este es solo uno de los múltiples amparos que la empresa ha presentado en contra de dicha ley, en un intento por impugnar sus disposiciones. La CNDH y Uber Eats continúan luchando contra esta ley, en defensa de los derechos y la igualdad de oportunidades para los operadores de plataformas de transporte en Quintana Roo.

