La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que dos o más parejas de un mismo trabajador podrán dividirse la pensión por viudez. Esto surge a raíz de que la Ley del Seguro Social establecía que, en caso de concubinato con varias personas, ninguna tenía derecho a recibir la pensión de viudez, lo cual fue considerado inconstitucional por la SCJN.
La Corte argumenta que esta prohibición vulnera los derechos de seguridad social y protección de la familia, y que no se justifica impedir que accedan a la pensión dos o más personas que tengan acreditada la calidad de concubinas de un trabajador asegurado. Por tanto, la autoridad administrativa solo debe determinar si acreditan tener esa calidad, dividiendo el monto de la pensión entre las concurrentes.
Espero que esta información sea de utilidad. Si necesitas más ayuda, no dudes en preguntar.

